domingo, 28 de noviembre de 2010

EL KYBALION

Este principio encierra la verdad de que hay siempre una cierta correspondencia entre las leyes y los fenómenos de los varios estados del ser y de la vida, y el antiquísimo axioma hermético se refiere precisamente a esto, y afirma: "Como arriba es abajo, como abajo es arriba", y la comprensión de este principio da una clave para resolver muchos de los más obscuros problemas y paradojas de los misteriosos secretos de la Naturaleza. Hay muchos planos que no conocemos, pero cuando aplicamos esa ley de correspondencia a ellos, mucho de lo que de otra manera nos sería incomprensible se hace claro a nuestra conciencia. Este principio es de aplicación universal en los diversos planos, mental, material o espiritual del Kosmos: es una ley universal. Los antiguos hermetistas consideraban este principio como uno de los más importantes auxiliares de la mente, por cuyo intermedio se puede descorrer el velo que oculta lo desconocido a nuestra vida. Su aplicación puede desgarrar un tanto el Velo de Isis, de tal manera que nos permita ver, aunque más no sea, algunos de los rasgos de la diosa. De igual manera que el comprender los principios de la geometría habilita al hombre para medir el diámetro, órbita y movimiento de las más lejanas estrellas, mientras permanece sentado en su observatorio, así también el conocimiento del principio de correspondencia habilita al hombre a razonar inteligentemente de lo conocido o lo desconocido; estudiando la mónada se llega a comprender al arcángel.

martes, 23 de noviembre de 2010

REFLEXIÓN FINAL SOBRE LA MATERIA EPISTEMOLOGIA JURÍDICA

QUE ES EL DERECHO VISTO DESDE EL PUNTO DE VISTA EPISTEMOLOGICO


La espistemología del derecho es una parte de la filosofía del derecho que se encarga de responder a la pregunta ¿Como conocemos el derecho? a ella podemos responder que al derecho o al fenomeno juridico lo conocemos por los sentidos o por la razón. De forma más específica la epistemologia del derecho, en una investigación concreta.

La epistemología del derecho estudia las estructuras y relaciones, de la ciencia del derecho, considerando los principios generales de esta ciencia. Partiendo de su objeto de estudio o su ubicación científica, marco teórico, objetivos o funciones como ciencia del derecho, sobre todo su metodología, problemas y hipótesis. La epistemología del derecho sólo se puede hacer aceptando que el derecho es ciencia. Obviamente, que el derecho es una ciencia social aplicada mixta, por lo que se sirve de otras ciencias sociales. Además, la apistemología se sirve de la filosofía de derecho y sus enfoques ius naturalismo, ius positivismo y ius realismo. 





REDES SOCIALES Y DERECHO


Las redes sociales son estructuras sociales compuestas de grupos de personas, las cuales están conectadas por uno o varios tipos de relaciones, tales como amistadparentesco, intereses comunes o que comparten conocimientos.
El análisis de redes sociales estudia esta estructura social aplicando la Teoría de Grafos e identificando las entidades como "nodos" o "vértices" y las relaciones como "enlaces" o "aristas". La estructura del grafo resultante es a menudo muy compleja. Como se ha dicho, puede haber muchos tipos de lazos entre los nodos. La investigación multidisciplinar ha mostrado que las redes sociales operan en muchos niveles, desde las relaciones de parentesco hasta las relaciones de organizaciones a nivel estatal (se habla en este caso de Redes políticas), desempeñando un papel crítico en la determinación de la agenda política y el grado en el cual los individuos o las organizaciones alcanzan sus objetivos o reciben influencias.
En su forma más simple, una red social es un mapa de todos los lazos relevantes entre todos los nodos estudiados. Se habla en este caso de redes "sociocéntricas" o "completas". Otra opción es identificar la red que envuelve a una persona (en los diferentes contextos sociales en los que interactúa); en este caso se habla de "red personal".
Ha nacido una sociedad que se desarrolla íntegramente en el mundo virtual. En ella, los individuos interactúan siguiendo en muchas ocasiones normas y pautas de conducta perfectamente homologables con las que se producen en el mundo físico. Sin embargo, en muchas otras se perfilan nuevos escenarios sociales. Ello obliga a reflexionar profundamente sobre hasta qué punto el Derecho que ordena nuestras sociedades va a ser eficaz en el universo de las redes sociales.

El diseño gráfico es un proceso creativo, es decir, impresoras, programadores, rotulistas, etc. llevadas a cabo con el fin de transmitir un mensaje específico (o mensajes) a un público determinado. El término "diseño gráfico" también puede referirse a una serie de disciplinas artísticas y profesionales que se centran en la comunicación visual y la presentación. El campo en su conjunto también se refiere a menudo como la Comunicación Visual y Diseño de Comunicación. Se utilizan varios métodos para crear y combinar palabras, símbolos e imágenes para crear una representación visual de ideas y mensajes. Un diseñador gráfico puede utilizar la tipografía , artes visuales y diseño de páginas técnicas para producir el resultado final. El diseño gráfico se refiere a menudo tanto en el proceso (diseño) por el cual se crea la comunicación y los productos (modelos) que se generan.

A través de los señalamiento, los cuales pueden ser visualizados a través de imágenes, se puede asignar normas a los ciudadanos, por lo que si  son incumplidos podrán ser acreedores a sanciones.

ORATORIA Y DERECHO

Oratoria es el arte de hablar en público con elegancia para persuadir, convencer, educar o informar a un auditorio.

La libertad de expresión es la libertad de hablar libremente, sin censura o limitación , o ambos. El término sinónimo de la libertad de expresión se utiliza a veces para indicar no sólo la libertad de expresión verbal, sino un acto de buscar, recibir y difundir informaciones o ideas, sin importar el medio utilizado. El derecho a la libertad de expresión se reconoce como un derecho humano.

El derecho a la libertad de expresión está estrechamente relacionado con otros derechos, y puede ser limitado cuando se entra en conflicto con otros derechos. El derecho a la libertad de expresión también está relacionado con el derecho a un juicio justo y proceso judicial que puede limitar el acceso a la búsqueda de información o para determinar la oportunidad y los medios en los que la expresión se manifiesta en la libertad de los procedimientos judiciales



POBREZA Y DERECHO

La pobreza es una situación o forma de vida que surge como producto de la imposibilidad de acceso o carencia de los recursos para satisfacer las necesidades físicas y psíquicas básicas humanas que inciden en un desgaste del nivel y calidad de vida de las personas, tales como la alimentación, la vivienda, la educación, la asistencia sanitaria o el acceso al agua potable. También se suelen considerar la falta de medios para poder acceder a tales recursos, como el desempleo, la falta de ingresos o un nivel bajo de los mismos. También puede ser el resultado de procesos de segregación social o marginación. En muchos países del tercer mundo, se dice que uno está en situación de pobreza cuando su salario (si es que tiene un salario), no alcanza para cubrir las necesidades que incluye la canasta básica de alimento.

Existe una estrecha y recíproca relación entre la reducción de la pobreza, el desarrollo y los derechos humanos, pues el desarrollo humano consiste en la realización de los derechos humanos y, por consiguiente, en la progresiva reducción de la pobreza. El desarrollo humano debe estar centrado en los pueblos y en los individuos que los conforman, y tiene como objetivos la mejora de su bienestar y el respeto de su dignidad e identidad. Por esta razón, la pobrezaconstituye, en la medida en que supone la antítesis del desarrollo social, una brutal y violenta negación de todos los derechos humanos, que limita sustancialmente el alcance de las libertades públicas de los más pobres, privando a éstos y a las comunidades a las que pertenecen de los bienes necesarios para vivir dignamente.

FELICIDAD Y DERECHO

No es fácil aclararse sobre a qué llamamos felicidad. Algunos creen que es un estado de ánimo, y pretenden encontrarla en la euforia de la borrachera o de la droga o en los libros de autoayuda. Para otros, es la satisfacción de todos los deseos y, como están insatisfechos, se sienten casi siempre tristes. De hecho, lo que está más en boga es la identificación de la felicidad con el sentirse querido, con el estar enamorado. Quizá por ese motivo vuelan por los aires tantos vínculos matrimoniales, esclerotizados por la erosión del tiempo, el aburrimiento mutuo o el desamor infiel.


Aristóteles, hace más de dos mil trescientos años, advirtió que la felicidad no era algo que pudiera buscarse directamente, esto es, algo que se lograra simplemente porque uno se lo propusiera como objetivo. Como todos hemos podido comprobar en alguna ocasión, quienes ponen como primer objetivo de su vida la consecución de la felicidad son de ordinario unos desgraciados. La felicidad es más bien como un regalo colateral del que sólo disfrutan quienes ponen el centro de su vida fuera de sí. En contraste, los egoístas, los que sólo piensan en sí mismos y en su satisfacción personal, son siempre unos infelices, pues hasta los placeres más sencillos se les escapan como el humo.



Me gusta pensar que, en vez de un derecho, la felicidad es un deber. Los seres humanos hemos de poner todos los medios a nuestro alcance para hacer felices a los demás; al empeñar nuestra vida en esa tarea seremos nosotros también felices, aunque quizá sólo nos demos cuenta de ello muy de tarde en tarde. Viene a mi memoria un programa religioso para jóvenes en la televisión española de los sesenta que tenía como lema: "Siempre alegres para hacer felices a los demás". ¡Cuánta sabiduría antropológica encerrada en una fórmula tan sencilla!