domingo, 21 de noviembre de 2010

MITOS Y RITOS EN EL DERECHO

La palabra mitología designa el conjunto de mitos y leyendas que un pueblo creó y creyó, y el estudio de los mismos.



El vocablo deriva del griego mytho, (fábula), y logos, (estudio, tratado).


Muchos de los mitos pertenecen a dioses de las civilizaciones griega y romana antiguas, así como también de otras regiones de Europa y de Asia, África, Oceanía o de las civilizaciones indígenas americanas, muy cercanos a algunas leyendas, con personajes sobrenaturales, dioses y semidioses, cuyos orígenes se pierden en las brumas del tiempo.



Rito (del latín ritus) es un acto religioso o ceremonial repetido invariablemente, con arreglo a unas normas estrictas. Los ritos son las celebraciones de los mitos, por tanto no se pueden entender separadamente de ellos. Tienen un carácter simbólico, expresión del contenido de los mitos. La celebración de los ritos puede consistir en fiestas y ceremonias, de carácter más o menos solemne, según pautas que establece la tradición o la autoridad religiosa.


El derecho anglosajón o Common Law es el sistema jurídico derivado del sistema aplicado en la Inglaterra medieval y que es utilizado en gran parte de los territorios que tienen influencia británica. Se caracteriza por basarse más en la jurisprudencia que en las leyes.




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